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Modificaciones menores y sustanciales en Puertas Automáticas según el Ministerio

El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la novena versión del informe titulado «REQUISITOS DE MARCADO CE, INSTALACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PUERTAS INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE GARAJE, PORTONES Y BARRERAS» con fecha 14 de febrero de 2024. Este informe incluye importantes actualizaciones y aclaraciones que afectan a fabricantes, instaladores y usuarios finales de estas puertas.

Desde la Federación de Empresarios del Metal de la Provincia de Alicante (FEMPA) hemos analizado algunos de los puntos más destacados del informe.

Nuevo Reglamento Europeo de Máquinas

El informe incorpora referencias al nuevo Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las máquinas, cuya aplicación efectiva comenzará en enero de 2027. Este reglamento introduce cambios significativos en la definición y responsabilidades del fabricante, especialmente en lo que se refiere a la modificación de máquinas ya comercializadas.

Aclaraciones sobre Modificaciones de Puertas

El informe ofrece una definición clara de lo que se considera una modificación sustancial frente a una reparación o modificación menor:

  • Modificación menor: Se refiere a cualquier intervención destinada a devolver a sus condiciones iniciales un componente de la puerta que haya sufrido desgaste, rotura o defecto, sin alterar sus prestaciones, propósito o tipo original, y sin generar nuevos peligros o aumentar los riesgos existentes. Estas operaciones suelen implicar la sustitución de piezas defectuosas o desgastadas por repuestos idénticos o similares, sin necesidad de reevaluar la conformidad, marcado CE, o emisión de nueva declaración CE de conformidad.
  • Modificación sustancial: Aquella que altera las prestaciones, propósito o tipo original de la puerta, generando nuevos peligros o aumentando riesgos existentes. Según el nuevo Reglamento (UE) 2023/1230, esto incluye modificaciones que requieran la incorporación de nuevos dispositivos de protección o medidas adicionales para garantizar la estabilidad o resistencia mecánica de la puerta.

Responsabilidades del Fabricante e Instalador

El informe subraya que las puertas resultantes de modificaciones menores no deben considerarse productos nuevos bajo la legislación de armonización de la UE y, por lo tanto, no requieren una nueva evaluación de conformidad. Sin embargo, es crucial que el titular conserve documentación detallada de estas modificaciones, incluyendo contratos y facturas de las empresas involucradas y justificaciones de los cambios realizados.

En contraste, las puertas sometidas a modificaciones sustanciales deben ser consideradas como nuevas desde el punto de vista de la Directiva de Máquinas (DM). Esto significa que quien realice la modificación sustancial asume el rol de fabricante y debe cumplir con todas las obligaciones correspondientes, como la preparación de la documentación técnica, la redacción de una nueva declaración CE/UE de conformidad y la colocación del marcado CE.

Modificaciones Sustanciales

El informe proporciona ejemplos concretos de intervenciones consideradas como modificaciones sustanciales:

  • Transformación de una puerta manual en motorizada.
  • Cambio del modo de activación de la puerta.
  • Modificación de la masa o del tipo de puerta.
  • Sustitución de un motor por otro de características distintas.
  • Eliminación de dispositivos o componentes de seguridad.

Nota aclaratoria sobre la eliminación de dispositivos o componentes de seguridad.

La instalación de nuevos dispositivos de seguridad en puertas antiguas se considera una modificación menor si solo mejora la seguridad sin alterar significativamente la puerta. Es crucial que el titular conserve la documentación inicial de la puerta y detalles de las modificaciones, mientras que el instalador debe entregar un informe justificando que los cambios no son sustanciales y señalando cualquier deficiencia de seguridad para su pronta corrección. No está permitido hacer modificaciones indebidas y luego agregar dispositivos de seguridad para evitar cumplir con las normativas; en tales casos, la puerta debe ser totalmente conformada a la normativa actual, considerándose una modificación sustancial.

Resumen

El nuevo informe del Ministerio de Industria y Turismo proporciona una guía detallada y actualizada sobre los requisitos de marcado CE, instalación y modificación de puertas industriales, comerciales y de garaje. Es fundamental que todos los agentes implicados comprendan y apliquen correctamente estas disposiciones para garantizar la seguridad y conformidad de estos productos, así como para evitar sanciones por incumplimiento de la normativa.

Para la descargar el informe puede realizarlo desde el siguiente enlace.https://industria.gob.es/Calidad-Industrial/seguridadindustrial/productosindustriales/Productos-de-la-Construccion/DocumentosmarcadoCEproductosconstruccion/v9%20GUIA%20puertas%20de%20garaje.pdf